Hay inversiones que están alcanzadas por el tributo y otras que permanecen exentas. El fisco toma la situación patrimonial del último día del año.Como los fondos de inversión pagan Bienes Personales y las cajas de ahorro y los plazos fijos no, muchos analistas de mercado recomiendan vender las cuotapartes de los fondos y esperar la "foto" con el dinero en cajas de ahorro u otros activos que no paguen impuestos, para volver a posicionarse en los fondos de inversión a partir del 2 de enero.Sin embargo, existe un riesgo: "Existe una presunción en la ley, que dice que si mantuviste el dinero en un activo que paga Bienes Personales todo el año y lo pasaste el día 29 de diciembre, digamos, a una caja de ahorro, tenés que pagar por ese patrimonio. La AFIP lo podría cuestionar", explica el contador Daniel Lejtman, socio del estudio Lisicki Litvin y Asociados.Eso se desprende del artículo 30 del decreto que reglamentó Bienes Personales. "Cuando las variaciones operadas durante el año calendario en los bienes sujetos al gravamen hicieran presumir un propósito de evasión del tributo, (el fisco) podrá disponer que, a los efectos de la determinación de éste, dichas variaciones se proporciones en función del tiempo transcurrido desde que se operen estos hechos hasta el 31 de diciembre de cada año, ajustándose los importes establecidos siguiendo las normas de la ley y del presente decreto", establece la norma.
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FUENTE: www.tn.com.ar

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