lunes, 13 de marzo de 2017

¿Se viene un nuevo impuesto? Proponen a las provincias crear un impuesto a las ventas




• PARA BAJAR "INGRESOS BRUTOS", EL GOBIERNO SUGIERE UN GRAVAMEN QUE PAGARÍA EL CONSUMIDOR FINAL

La iniciativa forma parte del borrador de una reforma que diseña el Gobierno junto a los distritos. Además, prevén limitar gastos y crear un fondo anticíclico con una ley de responsabilidad fiscal.
Con un margen estrecho para bajar la presión impositiva, en un momento en que debe abocarse a resolver el déficit fiscal, el Gobierno planea ir en las próximas semanas por un nuevo objetivo: pedir a las provincias que incorporen, desde este mismo año, una serie de reglas sobre sus propios gastos para evitar desequilibrios en las cuentas públicas; e impulsarlas a que, a partir de 2018, se esfuercen por reemplazar los impuestos más distorsivos que usan hoy para sostener buena parte de su recaudación (como el de los "Ingresos Brutos"), por un nuevo gravamen que se cobraría sólo sobre los precios al consumidor, y que consideran que será menos nocivo para la actividades productivas.

Las dos iniciativas serán sólo una parte de un extenso plan que presentarán en 10 días el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, y el de Interior, Rogelio Frigerio, en una reunión en Mendoza con los ministros de Hacienda de las provincias. El propósito primordial será debatir allí, a contra reloj, la ley de responsabilidad fiscal que no se cumple desde 2009, que volverá a poner bajo la lupa el equilibrio de las cuentas de cada distrito. Los funcionarios quieren que se vote en cada provincia antes de que sancionen sus respectivos presupuestos. A la par de esto, empezarán a dar los primeros pasos firmes hacia una reforma tributaria que prevén más "profunda", que incluirá nuevos impuestos para sustituir otros considerados "distorsivos", y que podría aplicarse a partir de 2018.

¿LLEGA NUEVO "IMPUESTO A LAS VENTAS FINALES"?

El Gobierno se inclina ahora por plantear la incorporación de un "impuesto a las ventas finales", que cobrarían las provincias a comercios, industrias o hasta productores primarios, sólo cuando vendieran sus productos a consumidores finales. El gravamen replicaría un esquema que ya se aplica en otros países, sobre la última etapa de la cadena de distribución. Podría cobrarse con una alícuota general para todos los rubros o diferenciarse por sector. Y sería vital para sustituir la cobranza de Ingresos Brutos, que hoy representan el 90% de la recaudación provincial. Cada provincia tendría sobre ellos completa autonomía.

COBRAR MÁS POR IMPUESTO DE SELLOS E INMOBILIARIO

Los funcionarios nacionales ya sugirieron a las provincias actualizar las valuaciones fiscales de los terrenos, que están atrasadas desde hace tiempo, para aumentar la base impositiva sobre la que deberán cobrar el impuesto inmobiliario. El Consejo Federal de Catastro será el encargado de armonizar los valores. La intención: que puedan empezar a ampliar la "base impositiva", para obtener nuevos recursos (no coparticipables), que servirán para compensar lo que pierdan a medida que se reduzca el impuesto a los bienes personales (coparticipable).

GASTOS CORRIENTES, AHORA BAJO CONTROL

Tal como ya adelantó el Gobierno, se pretende que las provincias se comprometan a mantener un crecimiento controlado de los gastos corrientes, que no supere a la inflación (es decir, que no aumente en términos reales). Además, se prevé limitar el "gasto en personal" a un porcentaje de los ingresos o de los gastos totales. La idea es aplicar una restricción similar a la que hoy rige en Brasil, que impide que la proporción de erogaciones en sueldos sea mayor al 65% de los recursos tributarios. El incumplimiento supondría una penalidad, que podría estar dada por el recorte de las transferencias del Tesoro nacional. El propósito es que las cuentas de los Tesoros provinciales puedan "converger", en dos años, hacia un equilibrio primario o financiero.

ESTABLECER UNA "REGLA DE FINAL DE MANDATO"

Que en los últimos dos trimestres de cada gestión, los gobiernos nacional y provinciales no puedan incorporar nuevos empleados a la planta estatal ni establecer por ley o por decreto nuevos "gastos permanentes". El propósito es impedir lo que sucede en muchos gobiernos y organismos públicos antes de cada elección: que se incorporen trabajadores a la planta permanente o que la administración asuma compromisos que deberán afrontar sus sucesores.

CONFORMAR UN "FONDO ANTICÍCLICO"

Con el mismo fin de mantener el equilibrio de las cuentas públicas, el Gobierno quiere que se empiece a conformar un "fondo anticíclico" en la Argentina, a partir de un porcentaje de los excedentes tributarios que perciban las provincias sobre lo presupuestado para cada año. El fondo constituido pertenecería al conjunto de los distritos y se activaría para aquél que registrara tres meses seguidos de caída en su recaudación.

















FUENTE: www.ambito.com

martes, 7 de marzo de 2017

Pymes: cómo acceder al plan de créditos de $ 5000 millones a tasa bonificada

Estará disponible para proyectos de inversión productiva, ampliación de plantas, galpones, compras de bienes de capital, adquisición de insumos o pago de salarios. Tendrá tasas de interés de entre 11% y 15,5%, con bonificación del Estado.

El gobierno nacional dispuso hoy la asignación de $ 5.000 millones para otorgar créditos a pequeñas y medianas en el marco del Régimen de Tasa Bonificada, dentro del Programa de Estímulo para el Crecimiento de Mipymes.

A través del decreto 145/2017 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno señaló que el costo financiero actual “limita la expansión” de la inversión productiva de pymes, por lo que el plan busca que puedan aumentar su  competitividad, adquirir nuevas tecnologías, acceder a nuevos mercados y generar nuevos emprendimientos.

Los créditos, que tienen como objetivo incentivar a las pymes a financiarse en el mercado formal y crear sujetos de crédito para el sector financiero, se otorgarán a tasas de interés que se posicionarán entre 11% y 15,5%, con bonificación del Estado.

El monto total será de $ 5000 millones y estará disponible para proyectos de inversión productiva, ampliación de plantas,  galpones, compras de bienes de capital, adquisición de insumos o pago de salarios, entre otros destinos.

La Subsecretaría de Financiamiento del Ministerio de Producción convocó a las entidades financieras públicas y privadas a una reunión informativa en la sede de la Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino (Adeba), donde licitará las líneas de crédito en marzo y abril.

La licitación contará con dos etapas: la primera se realizará el 14 de marzo y ofrecerá un cupo total de $ 2000 millones que serán destinados a los rubros de inversión productiva y bienes de capital, en los sectores de industria, minería, comercio, construcción y servicios, en los que cada pyme podrá tomar un préstamo máximo de $ 10 millones, con un interés máximo de 19%.

La segunda, tendrá lugar en abril y contará con un cupo total de $ 3000 millones para proyectos de inversión, bienes de capital, capital de trabajo y los programas Mi Galpón y Parques Industriales.

Con el objetivo de crear nuevos sujetos de crédito en el universo de las pequeñas y medianas empresas, la banca de garantías, a través de las Sociedades de Garantías Recíprocas, otorgará los avales necesarios para aquellas pymes que presenten una situación de mayor debilidad ante los requisitos del sector financiero.

Para aplicar a cualquiera de los préstamos será condición esencial de las empresas estarán categorizadas en el registro pyme de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).



 

 

 

 

 


FUENTE: www.elcronista.com

 

 

domingo, 5 de marzo de 2017

Ya es obligatorio emitir factura electrónica para alquileres de vivienda

Así lo dispuso la AFIP por medio de una resolución en la que también detalla cómo debe hacerse la operación. Cuáles son los sistemas utilizados para la emisión y cómo funcionan.


A partir del viernes 3 de marzo, todos los locadores de inmuebles de vivienda y las inmobiliarias que administren estos alquileres, tendrán que emitir obligatoriamente facturas, tipo “B” o “C”, en el momento de cobrarse la renta. Así lo dispuso la AFIP, a través de la Resolución General 4004-E, determinando que para respaldar esas operaciones deberán emitirse facturas electrónicas. Si intervienen intermediarios, estarán obligados a emitir el correspondiente comprobante electrónico, en el que tendrá que constar el nombre el propietario del inmueble y su número de CUIT. Si el inmueble pertenece a varias personas, la factura tendrá que ser emitida por uno de los titulares condóminos, pero en el comprobante tendrán que figurar los datos de los otros propietarios. 
Los sistemas habilitados para la emisión de la factura electrónica son dos: 1) el sistema de intercambio de información con la AFIP denominado servicio “Web”; y 2) el sistema de emisión de comprobantes en línea, que permite confeccionar el comprobante directamente desde la propia página de la AFIP. Para cumplir con eso, tendrán que emitirse comprobantes con un punto de venta específico, que debe ser habilitado previamente desde la página Web del Fisco. Están exceptuados de emitir facturas o recibos electrónicos los locadores que sean monotributistas, inscriptos desde la categoría “A” hasta la “E”, inclusive. En estos casos la factura deberá ser confeccionada manualmente y habrá que mandarla a hacer a las imprentas que están habilitadas por la AFIP. Los Pequeños Contribuyentes que sean locadores, adheridos a partir de la categoría “F” en adelante, deberán emitir facturas electrónicas a partir del 1 de junio de este año. Opcionalmente, los monotributistas que no están obligados podrán emitir facturas electrónicas en lugar de las manuales que tienen un código de autorización de impresión.
Deducción de los alquileres en Ganancias:
Luego de las últimas modificaciones que se realizaron en el Impuesto a las Ganancias, a principio de año, los empleados en relación de dependencia pueden deducir hasta el 40% de los alquileres abonados hasta el límite anual de $ 51.967 , con el requisito que la persona que lo deduce no puede ser titular de otro inmueble. Para lograr el beneficio, el empleado tendrá que informar y enviar a través del sistema “SIRADIG- Trabajador” una copia del contrato de alquiler en formato “pdf”, información que deberá estar respaldada por la factura o recibo emitido por el propietario o la inmobiliaria que interviene como intermediaria, bajo la nueva exigencia impuesta por la AFIP ahora.
Tratamiento impositivo:
Los alquileres tienen el siguiente tratamiento impositivo para los propietarios de los inmuebles:
1- Contribuyentes del Régimen General: Los alquileres comerciales se encuentran alcanzados por el IVA, en la medida que superen $ 1.500 mensuales. En cambio, los alquileres de vivienda están exentos en el impuesto, independientemente el importe mensual que se abona. En cuanto a las locaciones con fines turísticos, de acuerdo con un dictamen de la AFIP, se encuentran alcanzados por el IVA, en el caso que superen $ 1.500 por mes. Todos estos contratos están gravados por el Impuesto a las Ganancias, debiéndose presentar la declaración jurada anual y sufriendo retenciones del 6% sobre el excedente en los pagos mensuales que superan $ 5000.
2- Monotributistas: Los importes cobrados por alquileres se pueden incluir dentro del Régimen Simplificado, considerando el importe de los alquileres a los efectos del encuadre de las categorías o para la exclusión del Monotributo. Los metros de los inmuebles no se tienen en cuenta para establecer la categoría mensual de pago. Si la actividad de locación de inmuebles, incluida en el Monotributo, es la única que se desarrolla solamente tiene que abonarse el componente impositivo de la mensualidad, sin tener que pagar la parte de jubilación y de obra social. Esta actividad puede convivir con dos unidades de negocio/actividades más que desarrolle el contribuyente; por ejemplo, además del alquiler adicionalmente podría tener un comercio y desarrollar una actividad profesional.





FUENTE: www.elcronista.com