viernes, 15 de diciembre de 2017

Aumentan 28% las cuotas y los límites del Monotributo. Además nuevo plan de pagos de deudas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su página de Internet los valores de la cuota única correspondiente al Monotributo, que será de aplicación para cada categoría desde el 1º de enero próximo, y que representan un alza de 28% respecto de los parámetros actuales.
Se mantienen sin cambios los aportes correspondientes al sistema previsional y a la obra social para el contribuyente y sus dependientes. Además se crea un nuevo plan de facilidades de pagos de deudas.
El componente impositivo, para el rubro de prestación de servicios irá desde $87,04 a $3.584,17. En tanto para venta de cosas muebles irá desde $87,04 a 6.048,30 pesos.
Si se le suma el aporte al SIPA y a las obras sociales, la cuota para servicios irá desde $1.007,41 a 4.868,86 pesos.
En tanto, la cuota total, para venta de cosas muebles irá desde $1.007,41 a 7.580,69 pesos.
También se actualiza el límite de ingresos brutos anuales para cada categoría. Para servicios va desde $107.525,27 (categoría A) hasta $896.043,90 (categoría H).
A su vez, para venta de bienes va desde  $107.525,27 (categoría A) hasta $1.344.065,86 (categoría K).
Por último, también se actualiza el monto máximo de alquileres devengados al año. Va desde $40.321,98 (categoría A) hasta $161.287,90 (categoría K).

Plan de pagos
En paralelo, la AFIP oficializó el nuevo plan de pagos para monotributistas excluidos.
El nuevo plan de pagos se dio a conocer a través de la resolución general 4166.
La flamante norma establece un régimen de facilidades de pago permanente, en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES”, para los sujetos que hayan sido excluidos del Monotributo, cuya fecha de registración de la novedad en el “Sistema Registral” sea a partir del 1 de octubre de 2017, inclusive.
 
El plan es aplicable a la cancelación de las obligaciones correspondientes a las declaraciones juradas determinativas de los impuestos al valor agregado y a las ganancias, como también los aportes personales de los trabajadores autónomos, más sus respectivos intereses vencidos desde el acaecimiento de algunas de las causales de exclusión hasta el día de registración de la novedad de la exclusión en el “Sistema Registral” de la AFIP.

 




































FUENTE: www.iprofesional.com