La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su
página de Internet los valores de la cuota única correspondiente al
Monotributo, que será de aplicación para cada categoría desde el 1º de
enero próximo, y que representan un alza de 28% respecto de los
parámetros actuales.
Se mantienen sin cambios los aportes
correspondientes al sistema previsional y a la obra social para el
contribuyente y sus dependientes. Además se crea un nuevo plan de facilidades de pagos de deudas.
El componente impositivo, para el rubro de prestación de servicios irá desde $87,04 a $3.584,17. En tanto para venta de cosas muebles irá desde $87,04 a 6.048,30 pesos.
Si se le suma el aporte al SIPA y a las obras sociales, la cuota para servicios irá desde $1.007,41 a 4.868,86 pesos.
En tanto, la cuota total, para venta de cosas muebles irá desde $1.007,41 a 7.580,69 pesos.
También se actualiza el límite de ingresos brutos anuales para cada categoría. Para servicios va desde $107.525,27 (categoría A) hasta $896.043,90 (categoría H).
A su vez, para venta de bienes va desde $107.525,27 (categoría A) hasta $1.344.065,86 (categoría K).
Por último, también se actualiza el monto máximo de alquileres devengados al año. Va desde $40.321,98 (categoría A) hasta $161.287,90 (categoría K).
Plan de pagos
En paralelo, la AFIP oficializó el nuevo plan de pagos para monotributistas excluidos.
En paralelo, la AFIP oficializó el nuevo plan de pagos para monotributistas excluidos.
El nuevo plan de pagos se dio a conocer a través de la resolución general 4166.
La flamante norma establece un régimen de facilidades de pago permanente, en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES”, para los sujetos que hayan sido excluidos del Monotributo, cuya fecha de registración de la novedad en el “Sistema Registral” sea a partir del 1 de octubre de 2017, inclusive.
El plan es aplicable a la cancelación de las obligaciones correspondientes a las declaraciones juradas determinativas de los impuestos
al valor agregado y a las ganancias, como también los aportes
personales de los trabajadores autónomos, más sus respectivos intereses
vencidos desde el acaecimiento de algunas de las causales de exclusión
hasta el día de registración de la novedad de la exclusión en el “Sistema Registral” de la AFIP.
FUENTE: www.iprofesional.com